miércoles, 26 de junio de 2013

Sergio Sarmiento - Perversa norma

El fallo de la Suprema Corte es trascendental para la economía nacional, pero sobre todo para los ciudadanos, para los consumidores. Este 24 de junio, 10 de los 11 ministros declararon inconstitucional la Norma 29 del Distrito Federal.

Al contrario de la decisión que tomaron en septiembre de 2012, cuando sólo examinaron la norma desde un punto de vista formal, para determinar si se habían cumplido o no los requisitos para emitirla, en esta ocasión se concentraron en el fondo y respaldaron los principios de competencia y libre concurrencia en el mercado que establece el artículo 28 de la Constitución.

El pasado 22 de mayo adelanté en este espacio el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán que señalaba la inconstitucionalidad de la Norma 29, pero añadí que para que ésta fuera desechada era indispensable una mayoría calificada de cuando menos ocho votos en el pleno.





No sólo se ha superado el número, sino que los ministros han dejado en claro que la Constitución protege a los consumidores. El ministro Pérez Dayán señaló que el artículo 28 prohíbe “todo acuerdo… para evitar la libre concurrencia o la competencia” para “obligar a los consumidores a pagar precios exagerados” y citó a la Comisión Federal de Competencia Económica que sostenía que las disposiciones de la norma 29 son “contrarias al interés público y al bienestar de los consumidores”. El ministro Luis María Aguilar fue contundente al apuntar que el “consumidor no debe ser subestimado, no es tonto, tiene una gran capacidad de discernimiento, y no sólo es un sujeto pasivo receptor de bienes y servicios, sino un agente con poder suficiente para determinar también las condiciones del mercado”. 

La Norma 29 no sólo era perjudicial para los consumidores, a quienes consideraba incapaces de tomar sus propias decisiones, sino perversa. Para conseguir el apoyo electoral de los locatarios de los mercados públicos, el entonces jefe de gobierno del Distrito Federal Marcelo Ebrard prohibió la instalación de supermercados, grandes almacenes o tiendas de conveniencia en las zonas más pobres de la ciudad a sabiendas de que obligaría a los pobres a pagar mayores precios. Una norma así parecería producto de un gobierno de extrema derecha, empeñado en castigar a los pobres por ser pobres, pero en la ciudad de México fue emitida por uno que se decía de izquierda. 

El fallo de la Corte no sólo elimina la prohibición al establecimiento de comercios que puedan competir en zonas populares del Distrito Federal, sino que evita disposiciones similares en otros lugares de la república. Los ministros han reconocido el derecho de los consumidores a pagar precios competitivos.

Una decisión anterior no muy lejana de la Corte ofreció, sin embargo, un mensaje diferente. El 22 de abril de este 2013 los ministros avalaron la prohibición a los descuentos en los libros. La disposición, surgida del cabildeo de un puñado de editoriales y librerías que buscaban aumentar sus márgenes de ganancia, también eleva artificialmente los precios en perjuicio del consumidor. La Comisión de Competencia señaló que la medida restringiría la libre concurrencia y elevaría los precios de los libros, pero los ministros optaron por una decisión contraria a la que hoy aportan en la Norma 29. 

Yo espero que con el tiempo la jurisprudencia se depure y se incline sin remilgos a favor de los consumidores. Después de todo, como lo señaló el ministro Aguilar, el “consumidor no debe ser subestimado, no es tonto”. Debe tener el poder de decidir en plena libertad qué comprar, en dónde hacerlo y a qué precio.

PARADOJAS

Estados Unidos acusa a Edward Snowden de espionaje por haber revelado el más ambicioso programa de espionaje en la historia. Snowden cuestiona la falta de transparencia de la Unión Americana y busca refugio en países como Rusia, Cuba y Ecuador… que no tienen ninguna transparencia. 

Twitter: @sergiosarmient4

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