jueves, 8 de agosto de 2013

Dario Ramírez - La salud de EPN

Días previos a la muerte de Hugo Chávez, la población venezolana sufrió un serio vacío de información sobre la salud de su Presidente. Los medios, nacionales e internacionales, publicaban rumores sobre el paradero y estado de salud de Chávez. El cerrojo informativo por parte del gobierno era absoluto. Y cómo olvidar la pifia de El País cuando imprimió en primera plana una foto apócrifa del Comandante Chávez entubado. Los rumores y la especulación se multiplicaban y el gobierno se aseguraba de que no existiera información corroborada y fidedigna, como si la salud del Presidente no fuese de interés público para la sociedad nacional e internacional. 





En el contexto de la secrecía alrededor de Chávez, Artículo 19 realizó una solicitud de acceso a la información pública a la Presidencia de la República para conocer una versión pública del expediente clínico del Presidente Enrique Peña Nieto. Queríamos saber la salud que goza el comandante de nuestras fuerzas armadas y principal figura política del país. La pregunta no era ociosa de ninguna manera. Sin embargo, desde Los Pinos negaron la información argumentando que el expediente clínico de Peña estaba protegido por la Ley de Datos Personales y por ende no constituía información pública. De acuerdo al procedimiento se interpuso un recurso de revisión ante el IFAI con la argumentación de que no pedíamos todo el expediente clínico sino una constancia en versión púbica que nos asegurara que el Presidente gozaba de cabal salud para tomar las decisiones más relevantes para el futuro del país. 

El IFAI ratificó la negativa de Los Pinos reafirmando que el expediente es privado y que la información no era de interés público. Los cinco comisionados votaron en el mismo sentido y lo hicieron sin hacer un balance y ponderación entre los datos personales (derecho humano) contra el acceso a la información pública (otro derecho humano). La corta visión de los y las comisionadas les dio únicamente para reconocer que el expediente clínico estaba protegido por la citada ley, hecho que el peticionario nunca negó. De esta manera, el órgano garante era todo menos protector del derecho a la información. 

El vacío de poder político, así como el espiral de violencia en Michoacán, en gran parte se debe a la ausencia del Gobernador electo por el PRI, Fausto Vallejo. Prácticamente desde que asumió la gubernatura, pidió al Congreso una licencia por motivos de salud. Hace unas semana, solicitó se extendiera dicha licencia lo que implicará que el señor Vallejo estará ausente de sus funciones de Gobernador por más de un año. Al mismo tiempo, los michoacanos, y los mexicanos en general, sabemos poco de la enfermedad que aqueja al señor Vallejo. ¿Qué derecho tendrían los michoacanos de saber que el candidato puntero en las encuestas estaba seriamente enfermo lo que lo obligaría a ausentarse de sus labores públicas por un prolongado tiempo? Está claro que estar enfermo no es un delito ni mucho menos. La vergüenza está en esconderlo deliberadamente cuando hay terceros dañados, es decir, la población de Michoacán. 

El candidato presidencial republicano, John McCain, fue severamente cuestionado por la prensa sobre su deteriorado estado de salud y cómo éste impediría sus labores en la presidencia. Sin ser ordenado por la ley, el Senador McCain hizo público las más de mil hojas de su expediente clínico. Sólo así, según lo afirmado por el legislador, el pueblo norteamericano podría valorar su salud y determinar sus capacidades para llegar a la presidencia de Estados Unidos. El otro extremo es Fausto Vallejo y su desdén por Michoacán. 

No tiene desdén recordar la frase de Pablo Longueira, ex candidato presidencial de la derecha chilena, a la hora de hacer pública su renuncia a la contienda presidencial por motivos de salud. Afirmó: “hay que tener la humildad de corazón para reconocer que hay dificultades que superan nuestras fuerzas, y la responsabilidad y generosidad con el país, para entender que, sobre las personas, deben estar los ideales a los que queremos servir”. 

Una vez que el IFAI desechó de manera irresponsable el recurso de revisión, la única vía disponible fue presentar un amparo ante un juez federal. De manera paralela, la Presidencia informó de manera completa y oportuna que Enrique Peña Nieto sería intervenido quirúrgicamente. La pregunta de Artículo 19 y el amparo presentando tomaba una dimensión real y pusieron el tema en la discusión pública. ¿Goza nuestro Presidente de plena salud? ¿Debemos de conocer la salud de nuestro Presidente?

En plena crisis diplomática entre Venezuela y Colombia, el Presidente Juan Manuel Santos fue operado de cáncer en la próstata. Su ausencia pública dio lugar a rumores sobre el resultado de la operación. Los intentos de la oficina presidencial por desterrar rumores fueron en vano. Por ello, a iniciativa propia, el Presidente Santos hizo público todo su expediente clínico. La ley no lo obligó pero argumentó que era la única manera de darle certidumbre a Colombia durante un momento de tensa calma con el país vecino. 

No hay lugar a dudas de que el expediente clínico de una persona está protegido por el derecho a la privacidad. Incluyendo el de Peña Nieto. Sin embargo, se equivocan los que afirman que el umbral de escrutinio del Presidente es el mismo que el de cualquier persona. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado en varias ocasiones que la transparencia a la que deben de ser sometidos los servidores públicos es mayor al resto de la población. 

Entonces, la pregunta está en qué se puede conocer del expediente de Peña. El ejercicio (que por cierto debió haber hecho el IFAI) es el de ponderar qué del expediente de Peña es público y qué no es público. Asumir que nada de la salud del Presidente es de interés público es un error que lacera el derecho a la información. La ponderación tiene que pasar por un test que funde y motive la racionalidad de la argumentación. Tan es de interés la salud de Peña Nieto que no hubo un solo medio que no reportara sobre su intervención quirúrgica. 

Ciertamente hay padecimientos clínicos que no deben de ser develados porque no afectan, de ninguna manera, su toma de decisiones como Presidente. Por el otro lado hay enfermedades que deben de ser conocidas por la población porque pueden afectar ese proceso de toma de decisiones, como fue en el caso de Hugo Chávez. 

A manera de conclusión, la salud del Peña Nieto es de interés público. No todos los aspectos de su expediente clínico son de interés público, simplemente se debe de informar sobre aquellas enfermedades que puedan afectar su toma de decisiones. A pesar que la ley no obliga a informar sobre el estado de salud de los gobernantes, el asunto atraviesa por una ética elemental de transparencia que deberían tener los servidores públicos. El más claro ejemplo a la mano es el ejercicio de transparencia que hace Barack Obama, quien sin ser obligado por ley hace público una constancia de salud que informa a los estadounidenses sobre los aspectos relevantes de su salud. 

De la salud de nuestro Presidente dependen sus decisiones y de ellas depende el rumbo del país.

Este contenido ha sido publicado originalmente por SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/opinion/08-08-2013/16557. Si está pensando en usarlo, debe considerar que está protegido por la Ley. Si lo cita, diga la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. SINEMBARGO.MX

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