sábado, 5 de noviembre de 2011

De campañas y simulaciones Leo Zuckermann

¿Usted tiene alguna duda de que hay siete políticos en campaña en pos de la Presidencia? Yo no y supongo que usted tampoco porque es clarísimo que Marcelo Ebrard, Andrés Manuel López Obrador, Enrique Peña Nieto, Manlio Fabio Beltrones, Ernesto Cordero, Josefina Vázquez Mota y Santiago Creel están abiertamente buscando suceder al presidente Calderón.


 Es lo natural en una democracia en cuanto se acerca la renovación de poderes. Pero en México está prohibido. La ley impide los “actos anticipados de campaña”. No obstante, los políticos, que supuestamente deberían ser los primeros en cumplir la ley, le dan la vuelta con todo tipo de artificios. Lo que acabamos teniendo es otro caso más de simulación mexicana de dizque respetar la ley pero no obedecerla porque en realidad la norma es una estupidez que va en contra de la naturaleza de las cosas. Exigirles a los políticos que no hagan campaña es como demandarle al mar que no haga olas.
Hace unos días, por ejemplo, los siete “aspirantes” a la Presidencia (así los considera la ley porque considerarlos precandidatos o candidatos es asumir que ya están en campaña, lo cual está prohibido) acudieron a la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión para presentar sus argumentos de por qué quieren llegar a Los Pinos. Sin embargo, todos tuvieron que disfrazarlo como un ejercicio de presentación de ideas y no de campaña política. En su discurso, “el aspirante” Peña de hecho criticó la ridiculez de esta legislación producto de la reforma electoral de 2007: “Mi presencia en este espacio debe ser claramente señalada como una participación donde comparto algunas ideas, que no postulo ni menos oferto, porque entonces estaría incurriendo de estar en el señalamiento de actuar en una campaña anticipada”.
Y es que este tipo de actos están penados por una legislación absurda. El artículo 211 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) no deja dudas: “Los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato”. De acuerdo al calendario electoral aprobado por el IFE, el próximo 18 de diciembre comienzan las precampañas. Por tanto, antes de esa fecha, los aspirantes están impedidos a hacer campaña. Para que no queden dudas de qué es esto, el Reglamento de Quejas y Denuncias del IFE define un acto anticipado de campaña como “el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, expresiones, así como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en que los aspirantes o precandidatos a una candidatura se dirijan a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular, antes de la fecha de inicio de las precampañas”.
Bajo esta definición, los siete “aspirantes” a la Presidencia deberían ser sancionados porque todos, en algún momento, han escrito, expresado o declarado que quieren el apoyo del electorado en general, o de los militantes de su partido, para ser el próximo Presidente. Y la sanción está muy clara en el Cofipe: “La pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato, o en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo”. Es decir, ninguno de los siete que ya andan en campaña debería tener el derecho de competir en la próxima elección.
¿Ridículo? Sin duda. Para seguir con lo absurdo, los partidos también pueden ser sancionados por actos anticipados de campaña. El IFE tiene la facultad de castigarlos con “la interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral que se transmita, dentro del tiempo que le sea asignado por el Instituto”. Resulta que hay un par de partidos que desde hace tiempo andan trasmitiendo actos anticipados de campaña de uno de los candidatos. Me refiero al PT y Movimiento Ciudadano (antes Convergencia) que han sacado spots de radio y televisión donde López Obrador hace campaña política abierta. Nunca dice que quiere ser Presidente, pero claramente difunde su imagen y propuestas de gobierno. Incluso hay unos spots donde se pide “apoyar al Peje” con la voz de los personajes de la caricatura de Don Gato.
¿Por qué no castiga la autoridad electoral a López Obrador y a estos dos partidos por actos anticipados de campaña? Pues porque el tabasqueño, a diferencia de Ebrard o Beltrones que son servidores públicos, es un “ciudadano común y corriente” que no tiene limitación alguna para salir en spots partidistas. Claramente se trata de una simulación. Y una paradoja porque en los spots de radio y televisión administrados por el IFE hay un “aspirante” que ya está en campaña pero… que no está en campaña. Suena surrealista porque es surrealista.
La fuente originaria de tanta estupidez es la ley misma. Una norma que va contra natura. Que pretende que los políticos no hagan campaña como si esto fuera posible. Lo único que genera es pura simulación. Candidatos que simulan que no están en campaña cuando sí están. Partidos que simulan que no han comenzado sus precampañas cuando ya arrancaron. Autoridades que voltean la vista hacia otro lado para no sancionar a candidatos y partidos. Un bonito espectáculo para los electores que lo único que queremos es que los políticos compitan por el poder, no que anden fingiendo.

Leido en http://www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&id_nota=778543

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