UN DERECHO QUE PUEDE REVERTIRSE
En temas de interés público todos deberíamos de tener plena libertad de
opinar y apoyar o disentir de las opiniones de otros. En este campo,
incluso los puntos de vista equivocados pueden servir de acicate para
crear y sostener un ambiente de debate político intenso, que mantenga la
atención sobre las opciones abiertas al ejercicio y contradicciones del
poder.
Sin embargo, en muchas épocas y contextos opinar públicamente sin
coincidir con los poderosos resultó arriesgado o suicida. En la
mismísima democracia clásica, la griega, el opinar de manera muy libre
no fue siempre lo más recomendable para algunos ciudadanos, y prueba de
ello fue la condena a muerte de Sócrates por sus puntos de vista en
torno a los dioses. Es sólo en la democracia moderna y únicamente en
situaciones de normalidad, no de excepción o guerra, cuando ha sido
posible dar por sentado que el opinar con libertad es una realidad que,
de tan evidente, se puede considerar como normal. En México, en materia
de libertad de prensa y de opinión nunca conviene dar por alcanzado y
afianzado ese derecho ni el ambiente en que se ejerce, pues siempre
habrá quien o quienes busquen la reversión y a veces lo logran.
· OPINIÓN
La definición de lo que es una opinión es clara: se trata de un mero
punto de vista, de un juicio o de una valoración hecha en torno a un
asunto cualquiera. Es una creencia que va más allá de una simple
impresión pues está sostenida por algún tipo de evidencia más o menos
verosímil pero que aún no se puede considerar como un conocimiento fuera
de duda, ya probado empíricamente.
Pero si la definición del concepto es clara, entre nosotros y en la
práctica, el derecho a opinar con libertad en los medios de difusión no
lo es tanto y en ocasiones puede meter en problemas a quien lo practica.
Un par de casos recientes y relacionados con dos coyunturas electorales
-una nacional y la otra local- pueden servir de ejemplo de lo
resbaladizo que sigue siendo el terreno de opinar con libertad aquí y
ahora.
· UNA DE CAL
Enrique Peña Nieto, el candidato presidencial del PRI, se ha visto
obligado a aclarar que él no tuvo nada que ver con la abrupta salida de
Pedro Ferriz de Con del programa Cadena Tres Noticias de televisión del
que era conductor ni tampoco con que dejara de escribir una columna de
opinión que tenía en un diario nacional (Reforma, 19 de julio). Sin
embargo, todo apunta a que esa pérdida de espacios de Ferriz de Con, en
un medio electrónico y en otro impreso, muy probablemente sí está
relacionada con el hecho de que hizo uso de su derecho y oportunidad de
opinar en público justamente sobre la personalidad y el entorno de EPN. Y
como lo hizo de un modo directo, sin rodeos, pareciera que eso no gustó
a quienes ya consideran al mexiquense el próximo presidente de México.
La caracterización que hizo Ferriz de quien antes de la elección las
encuestas ya presentaban como el ganador de la elección del 1o. de
julio, se puede escuchar en el video de una conferencia del conductor, y
es concluyente. Para Ferriz, EPN "es un ignorante", "un hombre que
pertenece a un sistema político que está acostumbrado a robar". Los
colaboradores del hombre de Atlacomulco -lugar de donde "han salido
grandes sátrapas"- "todos se han hecho millonarios en el sistema
político mexicano". Ferriz también caracteriza a Arturo Montiel, ex
gobernador del Estado de México y "padrino" de EPN, como a un hombre
"que no se robó al estado [de México] porque no le cupo en la cartera"
(http://www.youtube.com/watch?v=njkyRNzK6U0&feature=player_embedded#!).
En fin, que el hasta entonces conductor de Cadena Tres Noticias ya
había manifestado una simpatía consistente por la candidata del partido
en el gobierno, el PAN, así como una antipatía manifiesta y sistemática
por la oposición, en la que incluyó no sólo a Andrés Manuel López
Obrador sino también al candidato del PRI.
· REPORTE ÍNDIGO
(17 de julio) califica a Ferriz de Con como el primer "desPeñado"; el
primero que pierde su tribuna por opinar negativamente sobre el "primer
priista". Se trata, desde luego, de una opinión y no de una certeza,
pero Reporte Índigo aporta algunos datos indirectos que apoyan su
posición, aunque el afectado mismo no ha querido ser muy explícito sobre
la razón del cierre parcial de sus espacios naturales. Como sea, sí el
conductor fue obligado a dejar su noticiero y su columna por sus
opiniones negativas sobre EPN y los suyos, entonces y desde el punto de
vista democrático, e independientemente de que se simpatice o no con
Ferriz de Con, lo que le ha sucedido resulta inaceptable. Si finalmente
el político mexiquense asume la Presidencia, entonces el caso Ferriz
deberá interpretarse como un presagio de lo que está por venir.
· OTRA DE ARENA
El otro caso a comentar es positivo y tiene que ver directamente con la
acusación judicial de que fue objeto el autor de esta columna en 2010
por parte de un diario nacional y uno de los periodistas que lo dirigen.
La acusación fue por externar en una mesa política radiofónica una
opinión que los quejosos consideraron lesiva. El comentario en cuestión
fue motivado por la naturaleza de una conversación telefónica entre un
gobernador y uno de sus ayudantes asignado a la campaña electoral del
candidato del gobierno y que se difundió en el programa de radio en
cuestión. Los quejosos argumentaron que el comentario había transgredido
el límite al derecho de la libertad de expresión y debía ser sancionado
por haber expuesto a los objetos del mismo -periódico y periodista- "al
odio, desprecio o ridículo, así como al demérito en su
reputación...máxime que los mismos profesionalmente tienen un prestigio
intachable, que se vio afectado directamente ante el insidioso y mal
intencionado comentario del codemandado" [se refieren a mí]. El otro
demandado fue la estación de radio por haber difundido el comentario.
En la conversación telefónica que alguien grabó y luego filtró a los
medios, el gobernador era informado por su ayudante que el periodista en
cuestión había entrevistado al candidato de oposición y que le había
dado mucho tiempo pese a que ya existía un acuerdo -no se especificaron
los términos- que implicaba que el entrevistador y su empresa debían
apoyar al candidato del gobierno y no al opositor. Tras escuchar la
grabación, el comentario del autor de esta columna fue tan breve como
obvio: sin mencionar nombres, simplemente dijo que la conversación que
acababa de escucharse implicaba un "autoatentado" por parte del
periodista y su medio a los principios éticos que se suponía debían ser
observados por ambos.
El acusado fue defendido de manera gratuita por una especialista en
estos temas, la doctora Perla Gómez, como parte de su proyecto de
investigación "Todos por el Derecho de la Información" de la Universidad
Autónoma Metropolitana. Tan buena fue la defensa que en tres instancias
consecutivas los argumentos de los quejosos fueron rechazados y en el
proceso se sentaron tesis -y esto es realmente importante- que en el
futuro pueden servir de defensa contra demandas que pretendan limitar la
libertad de expresión.
Echando mano de los artículos 6° constitucional, 13° de la Convención
Americana de la OEA, 19° de Declaración Universal de Derechos Humanos,
de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Honor, la Vida
Privada y la Propia Imagen en el Distrito Federal y de la Ley del
Secreto Profesional, los jueces concluyeron que: a) "los medios de
comunicación no tienen ninguna obligación directa frente a los ofendidos
en relación con las opiniones emitidas", b) en relación con el honor de
funcionarios y personas con responsabilidades públicas, su invasión
"solo puede darse bajo ciertas condiciones, más estrictas que las que se
aplican en el caso de expresiones o informaciones referidas a
ciudadanos particulares", c) la divulgación de la conversación entre el
gobernador y su ayudante se hizo por considerarla cierta y válida la
opinión emitida, y finalmente, d) no es responsabilidad de quien emite
una opinión verificar la veracidad de los datos difundidos por un medio y
en los que basa esa opinión, pues "obligar a los medios a probar la
verdad de sus declaraciones para evitar responsabilidad, resulta una
carga desmedida, contraria a la Constitución".
En suma, la solución de este caso, junto con la de otros similares
-Proceso y Olga Wornat, Eduardo Huchim y Rubén Lara y Contralínea- hacen
que estemos cerca de poder fijar jurisprudencia y evitar que este tipo
de demandas en torno al "daño moral" sirvan para limitar la libertad de
expresión. Así pues, va una de cal por las muchas de arena.
Fuente: http://www.reforma.com/editoriales/nacional/666/1331349/default.shtm
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