jueves, 26 de julio de 2012

Purifiación Carpinteyro - De microbios.

Así como sucede con los programas de radio, en los que basta encender el aparato en la frecuencia correcta para poder escucharlos sin pagar nada por ello, todos en México tenemos derecho a ver los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa, y el 7, 13 y 40 -en disputa-, de TV Azteca, en forma gratuita. Suena a verdad de Perogrullo, pero la realidad es otra.

Conforme a la Ley Federal de Radio y Televisión, la radio y televisión son un servicio público que se presta a través de bienes de la nación -esto es, usando frecuencias para transmitir la programación de los radiodifusores. Estos servicios pueden ser concesionados a particulares para que los aprovechen y exploten comercialmente, sin que por ello dejen de tener el carácter de "servicio público", que la población tiene derecho a recibir gratuitamente.

En esa industria, el negocio para los concesionarios de radio y televisión está en la venta de espacios publicitarios, a través de los que los anunciantes promueven sus productos o servicios. Como es natural, el precio que cobran por esos espacios depende directamente del nivel de audiencia de cada programa: a mayor audiencia, mayor demanda de espacios y mejor ganancia.

Siguiendo esa lógica -consignada en ley-, cualquier concesionario de radio o televisión debería ver con buenos ojos la posibilidad de que su programación sea retransmitida por terceros (sin alteraciones). Eso incrementa el nivel de audiencia y hace más atractivo para cualquier anunciante la compra de espacios publicitarios al transmisor original, que en consecuencia se vuelve más rentable.

No obstante, las agencias facultadas para regular la radio y la televisión, o han sido omisas, como es el caso de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, o han comprado los argumentos de las televisoras, que alegan su derecho a ser compensadas por los retransmisores, por las inversiones que realizan en la producción de los programas que transmiten.

Esta visión distorsionada lleva a pensar en la de un microbio observando a un científico a través del microscopio, y no a la inversa.

Desde la óptica de la Ley de Radio y Televisión es la población la que tiene el derecho a "recibir de manera directa y gratuita las señales de su emisor". Ese derecho no está condicionado a la decisión individual de los ciudadanos de recibir las señales a través de una antena de conejo, un cable, un decodificador o de contratar a tal o cual operador de televisión de paga para tener la opción de ver los canales de televisión abierta gratuitamente.

Pero si aquellos que haciendo uso de una concesión de televisión restringida se ven obligados a pagar por la retransmisión de las señales de televisión abierta, el derecho de la población de recibir gratuitamente los servicios se ve violentado, ya que los operadores de televisión de paga necesariamente tendrán que repercutir, en el precio de sus servicios, el costo que cobren las televisiones abiertas por la retransmisión de sus señales.

Esto, sin considerar que para las televisoras la retransmisión de sus programas significa más audiencia y, por consecuencia, mayor demanda y mayor rentabilidad que obtienen por el cobro de espacios publicitarios que venden a los anunciantes -contraprestación suficiente; y que su negativa a permitir la retransmisión, o su condicionamiento al pago de los precios que arbitrariamente determinen, ha sido la fórmula que han utilizado para eliminar a sus competidores en el mercado de televisión de paga, como fue el caso de Direct TV cuando Televisa le negó la posibilidad de retransmitir el Canal 2.

Sin embargo, pese a la visión distorsionada de los reguladores, las televisoras estadounidenses y, por ende, las mexicanas deben estar muy preocupadas por la decisión de un juez federal en Nueva York que permitió a una pequeña empresa llamada Aereo transmitir los canales locales de televisión abierta de la ciudad de Nueva York a usuarios de iPhones y de iPads usando tecnología IP (Internet Protocol), y sin pagar nada a las televisoras.

Bajo el argumento de que la empresa apenas renta antenitas que captan las señales del aire -caso semejante al de Dish de MVS en México, que utiliza decodificadores que captan del aire los canales televisión abierta-, Aereo le ha dado la vuelta a la óptica que defiende los "derechos de autor" de las televisoras, por sobre los derechos de la población.

Ojalá que en México no esperemos que el asunto se resuelva en tribunales. Es obligación de los legisladores hacer que los derechos de la población se respeten, y a ello se deberá abocar la próxima legislatura.


pcarpinteyro@gmail.com

 

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