viernes, 29 de abril de 2016

Marco Levario Turcott - La libertad de expresión no es licencia para difamar

22 de abril 2016

Era previsible: la señora Sanjuana Martínez ha intentado varios artificios a fin de descalificar la resolución definitiva a la que fue condenada por la juez Martha Roselía Garibay Pérez por lo que tendrá que indemnizar a Jesús Ortega por daño moral, luego de que entre noviembre y diciembre de 2013 en el portal Sin embargo, vinculó al perredista con una red de trata de personas.

La señora Martínez aduce que lo que ella hizo tiene garantías en el derecho a la libertad de expresión y que la parte quejosa es un actor político que debe ser sujeto al escrutinio público; omite informar, sin embargo, que en la resolución definitiva del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México se encuentra tipificada la excepción que tienen ese derecho y es, precisamente, no lesionar el docoro o la reputación además de la afectación a terceros que en este caso son miembros de la familia de Jesús Ortega, y eso es precisamente lo que la señora hizo. Esto, además de que el ejercicio periodístico también es una actividad que está, y debe estar, sujeta al escrutinio público. La señora dice que se violó el debido proceso al que todos tenemos derecho. Pero más allá de que el tribunal mediático siempre transgrede el debido proceso porque juzga y condena sin requerir ni siquiera la opinión del otro, los hechos indubitables son que ella no presentó su domicilio sino que proporcionó el del portal Sin Embargo; pese a ello fue notificada en tiempo y forma para presentar sus alegatos y elementos probatorios. Lo que hizo fue presentar unas copias fotostáticas con la transcripción de los testimonios que ella difundió, testimonios que no dijeron, en ningún momento, el nombre de la persona señalada por la parte demandada.












No es suficiente citar testimonios para evadir una demanda civil como esta pero, sobre todo, no hubo trabajo de verificación en ningún sentido, por ejemplo, no se le presentaron fotos a quienes rindieron esos testimonios que, además reitero, sólo aluden a políticos con poder y cuando habla “Perla” de un Jesús dice Jesús Ortega o Arteaga. Junto con ello vale la pena precisar que una demanda por daño moral tiene buen puerto cuando es claro que la parte demandada actuó con toda la intención de lesionar la imagen pública de Jesús Ortega y eso sí se demostró, entre otras razones como el hecho de no considerar su opinión dentro de la hechura del reportajes, porque la señora Sanjuana Martínez no presentó una sola prueba, por cierto, ella dice que la juez la presionó para que ella proporcionara los nombres de quienes rindieron testimonios y que ella se negó. En la resolución de la juez, donde consta la relatoría del proceso civil, no se halla nada de eso que dice la señora o alguna inconformidad de su parte.

Junto con todas esas transgresiones éticas y profesionales, la señora Sanjuana Martínez ha vuelto a difundir los textos que motivaron la demanda, con la estratagema de “informar” que por esos acometió el recurso legal Jesús Ortega (en contraste, no ha publicado la resolución íntegra en su contra, como se lo mandata la juez, por cierto). Un acto tan deleznable como ese muestra que en el país hace falta una discusión que en Europa ya lleva varios años y que incluso en algunos países como España y Alemania por ejemplo, se ha ido resolviendo: me refiero a los derechos al olvido y a la imagen; Google se ha visto obligado a desmontar todos los vínculos en Internet que se refirieron a una supuesta transgresión legal de una persona cuando, en realidad, fue difamada, por citar uno entre varios casos en que impera el derecho a la imagen y para señalar que México vale mucho la pena que ese derecho comience a operar porque de lo contrario en la plataforma digital permanece el registro de las palabras empleadas por alguien que, en efecto, sólo quería lastimar.

En contraste con esa necesario discusión, ahora tendremos más ruido y evasivas, como el producido por activistas y organizaciones no gubernamenteles que piden en la plataforma Change.org la anulación de la sentencia contra la señora Sanjuana Martínez. Como sea, es sintomático que ahora mismo se defienda más el derecho a la libertad de expresión que no ha sido violado, en vez de que se presenten las pruebas de los dichos de quien ahora se dice indignada simple y sencillamente porque alguien le requirió eso, precisamente, pruebas.



Leído en  http://www.etcetera.com.mx/articulo/La+libertad+de+expresión+no+es+licencia+para+difamar/45093

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