lunes, 16 de abril de 2012

Marín - Más dureza en tribunales militares


José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch, remitió hace unos días (10 de abril) una carta al presidente y los secretarios de la Comisión de Justicia del Senado con “algunas observaciones” a los proyectos de reformas al Código de Justicia Militar que mantiene congelados el Congreso de la Unión. 
Según él, los soldados que cometen esos abusos “casi nunca rinden cuentas por sus actos” porque son “investigados y procesados en el sistema de justicia militar”.
La Corte Interamericana de Derechos humanos, recuerda, ha dictado desde 2009 cuatro sentencias, estableciendo que “México debería abandonar el uso del fuero militar para investigar y juzgar violaciones de derechos humanos”, y “asegurar que todos estos casos sean de competencia exclusiva de las autoridades civiles”.
Para Vivanco, “todos los tipos de presuntas violaciones de derechos humanos, sin excepción”, deben ser investigados y juzgados por la justicia civil ordinaria.
Los funcionarios del fuero civil, dice, “deberían tener la facultad exclusiva de llevar a cabo la investigación preliminar” de incidentes que involucren posibles abusos de militares contra civiles.
Y esos militares, recomienda, “no deberían estar sujetos a procedimientos ni normas probatorias especiales en la justicia penal ordinaria”.
La “orientación” que Vivanco pretende dar al Poder Legislativo mexicano pareciera lógica, pero sin duda es insensata: no toma en cuenta la bochornosa realidad en que se debaten la procuración y la impartición de justicia en el ámbito civil y pasa por alto el propósito final (teleológico, en estricto sentido) de la jurisdicción militar.
¿Cómo atender con seriedad los compromisos adquiridos por México ante el mundo en materia de justicia sin vulnerar la piedra angular de la disciplina castrense?
El problema parte de la indefinición de lo que la Seguridad Nacional constituye para un México sumido en la corrupción y la incapacidad policiaca y judicial.
La violación a los derechos humanos por parte de militares se ha convertido en parte del problema mismo, ya que las policías estatales y municipales siguen igual de ineficientes que hace seis años y la impartición de justicia continúa con los mismos rezagos y secuelas: 98% de los delitos quedan impunes.
Afirmar que los militares implicados en crímenes no rinden cuentas por sus actos tendría validez, pero sólo si no se toma en cuenta la efectividad del sistema penal militar en comparación con los tribunales ordinarios (inseguridad de los acusados, cooptación de jueces, etcétera). En éstos hay mucho más probabilidad de eludir la justicia que en los más bien durísimos castrenses.
Y decir que todos los tipos de presuntas violaciones de derechos humanos, “sin excepción”, debería investigarlos y juzgarlos la justicia penal ordinaria (debe saberlo hasta Vivanco) es tan amplio que anula su sentido: equivale a que todos los accidentes de tránsito, “sin excepción”, sean atendidos por el Ministerio Público.
La “orientación” al Senado, para colmo, contraviene la constitucional presunción de inocencia...

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