jueves, 15 de marzo de 2012

NO ES DERECHO DE CASSEZ LA NOTIFICACIÓN CONSULAR.


Carlos Marín.
El doctor Juan de Dios Gutiérrez Baylón, catedrático del ITAM y ex director del Seminario de Derecho Internacional de la UNAM, razona sobre tres puntos clave que debilitan “severamente” el proyecto del ministro Arturo Zaldívar, conforme a lo que en el Poder Judicial se conoce como Sentencia Avena (México vs. EUA, 2004), de la Corte Internacional de Justicia:

 1. El argumento de que la notificación consular no es un derecho humano (numeral 124).

 2. “Ni los términos de la Convención ni su objeto y fin permiten pensar que ‘sin retardo’ deba entenderse como inmediatamente después del arresto o antes del interrogatorio” (numeral 85).

 3. Florence Cassez “no tiene interés jurídico para invocar la deficiencia en la notificación consular sino que, dado que es un derecho exclusivo del Estado, sólo a éste le corresponde invocar cualquier reparación a este título”.

 En otras palabras, sólo el gobierno francés puede dolerse como afectado ante las instancias respectivas (numeral 153, apartado 6).

 cmarin@milenio.com

Leído en: http://impreso.milenio.com/node/9129551

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