jueves, 15 de marzo de 2012

EN LA NOVENA ÉPOCA.

Sergio Aguayo Quezada.

Buenas noticias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute con transparencia grandes problemas nacionales y es un árbitro institucional que resuelve disputas entre las élites.

 Comparto el énfasis en el "debido proceso" que aparece en la ponencia del ministro Arturo Zaldívar sobre el caso Florence Cassez. Ese documento también confirma la magnitud del reajuste vivido por la arquitectura institucional mexicana. En el viejo régimen las decisiones últimas estaban en manos de la Presidencia y la Secretaría de Gobernación. Eso cambió en diciembre de 1994 cuando Ernesto Zedillo sustituyó a todos los ministros y reestructuró a la Suprema Corte. Inició entonces la Novena Época de la SCJN; en ella ha ampliado sus márgenes de acción y llenado huecos dejados por el achicamiento del poder presidencial.

 Entre 1995 y 2010 la SCJN tramitó, resolvió y archivó 648 acciones de inconstitucionalidad. De éstas, 44% fueron interpuestas por la Procuraduría General de la República; otro 36% provino de partidos políticos con registro federal. El origen de 80% de las controversias confirma que el empoderamiento de la SCJN viene de que las élites le llevan sus conflictos y agravios, y con bastante frecuencia aceptan sus decisiones.

En esas salas se decidió la inconstitucionalidad de la Ley Televisa y se preservó la decisión del Distrito Federal de despenalizar la interrupción del embarazo. Ahí se revisa el affaire Cassez que mete a la agenda nacional la importancia del "debido proceso" y la Segunda Sala decidirá en unos días sobre un amparo del Grupo Minera México que será determinante para el derecho de huelga (sobre esto último véase Arturo Alcalde Justiniani, "El derecho de huelga, en riesgo", La Jornada, 10 de marzo de 2012).

 En este terreno estamos mejor que antes. En el pasado el Presidente decidía, los demás obedecían y luego venían los brochazos de legalidad. En la actualidad podemos enterarnos, si así lo queremos, de los criterios empleados por los ministros y es notable la cantidad de información que uno encuentra en la página de la SCJN. Dicho esto, esta etapa de la Suprema Corte arrastra dos grandes carencias y tiene un futuro incierto.

 El primer gran problema es que la SCJN es un oasis en una impartición de justicia -federal y estatal- manchada y lastrada por el burocratismo, la ineficiencia y la corrupción. Es paradójico que cuando más influencia tiene la SCJN en los grandes asuntos nacionales, pierde la capacidad para incidir en el nombramiento de magistrados y jueces que ahora dependen de una entidad llamada Consejo de la Judicatura Federal.

Una segunda carencia es el limitado acceso que tienen los ciudadanos y sus organizaciones a la Suprema Corte. Los padres de la Guardería ABC o Lydia Cacho podrían narrar lo tortuoso, difícil e impredecible que es franquear ese dintel; un ministro tuvo que hacer suya la petición. El acceso se ha estrechado todavía más porque la facultad de investigar se ha trasladado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), lo que me permite comentar uno de los grandes fallos de la arquitectura institucional.

 En teoría, las víctimas son defendidas por las comisiones de derechos humanos que, sin embargo, se distinguen por lo pusilánime y mediocre (hay por supuesto algunas excepciones). Las cifras confirman la pasividad: entre 1995 y 2010 la SCJN sólo tramitó, resolvió y archivó cinco acciones de inconstitucionalidad interpuestas por estas comisiones, ¡menos de 1%!, y de ellas sólo tres venían de la CNDH.

 El desequilibrio confirma la urgencia de algún mecanismo de acceso a la justicia constitucional directa para los ciudadanos y los organismos de la sociedad civil que mejoran en su capacidad de litigio por la incorporación de nuevas generaciones de abogados.

La SCJN podría entrar en una riesgosa etapa de incertidumbre. De confirmarse las encuestas, Enrique Peña Nieto llegará a Los Pinos y por su historial en el Estado de México intentará restaurar el presidencialismo; uno de los obstáculos será la Suprema Corte. Sigue entonces que una prioridad del futuro inmediato será la defensa de la SCJN que, con todos sus defectos, cumple bastante bien con la función de árbitro y de foro de los grandes temas nacionales. La tarea es prolongar y ampliar la luminosidad de la Novena Época.

 LA MISCELÁNEA

 Dos precisiones. La cifra de 648 acciones de constitucionalidad fue tomada del portal Estadística Judicial @lex (en http://www.scjn.gob.mx) y sólo incluye "expedientes originales, terminados, archivados y que se han podido consultar físicamente al mes de julio de 2011". Difiere por tanto con estadísticas en otras secciones del portal de la SCJN o en la página de la CNDH. Para esta columna fueron determinantes las sugerencias hechas por tres abogados: Alfredo Orellana Moyao, Alonso Aguilar Zinser y Delia Sánchez del Ángel.

Colaboró: Maura Roldán Álvarez.
Leído en: http://www.sergioaguayo.org/html/columnas/Enlanovenaepoca.html

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