En el ideal expresado en plataformas legislativas y en programas de gobierno, desde su primera proyección doctrinal en 1939, el PAN colocó a la educación como uno de los mayores bienes espirituales que el Estado debe garantizar a todas las personas. Luego, educación de calidad, para el logro académico.
Concurrimos a la reforma constitucional que en materia educativa presentó el Pacto por México, y en el Congreso mejoramos sustancialmente los contenidos de esa propuesta. Están ahí muchas de nuestras ideas, de nuestros valores y propuestas legislativas; por eso deploramos el manejo exclusivista que el presidente Enrique Peña Nieto hace de estos esfuerzos legislativos con propósitos de propaganda política y lucimiento personal, tratando de restaurar la cultura presidencialista, el otrora país de un sólo hombre, que ahora hasta plazo pretende ponerle a las cámaras para desahogar las reformas.
Ha sido grotesco escuchar, quizá por primera vez en la historia de México, que un titular del Ejecutivo, ayuno de materia propia para informar, informe del estado que guarda el Congreso de la Unión y su actividad.
Con la aprobación de la Ley General del Servicio Profesional Docente, cumplimos con los tres mandatos reglamentarios contenidos en el artículo 3 y 73 de la Constitución. La bancada panista en el Senado votamos a favor en lo general, y presentamos reservas en lo particular.
Lo hicimos a pesar de que no estábamos de acuerdo con el dictamen de la Cámara de Diputados basado en un modelo mal diseñado, y mucho menos con la forma en que se procesaron cambios de última hora en espacios extra-parlamentarios, en los que se produjeron en efecto, ajustes, adiciones pertinentes, pero también cesiones inadmisibles y rebajas cuestionables en una negociación entre el gobierno y la CNTE, vía el Pacto por México, en la que fue proporcional la hipocresía de unos y la simulación de los otros.
El Pacto por México es un espacio privilegiado de concertación política; pero ese espacio no puede, ni debe convertirse en un mecanismo de dictaminación de sus propias iniciativas, porque permitirlo suplanta al Congreso y expropia sus facultades.
En lo general debíamos hacer avanzar la legislación. Esta ley nos da dos razones sustantivas para ello: incorpora mecanismos de ingreso a la docencia distintos a los que hasta hoy han prevalecido, y porque ha colocado a la evaluación como un principio importante en el proceso educativo.
Pero en lo particular la ley tiene problemas. Uno de ellos es el nuevo artículo 22 de la reforma que empieza por la terminología —en realidad desde el artículo 1, fracción XVII, están mal planteadas las definiciones de los nombramientos, pues el que se llama nombramiento definitivo debería llamarse por tiempo indeterminado— ¿Cómo se da un nombramiento de base llamado definitivo a alguien que siempre estará sujeto evaluación? Rara definitividad es esa.
Además, ¿cómo se da a los seis meses un nombramiento de base definitivo a alguien que, según se deriva del párrafo siguiente, aún está en proceso de formación?
Resulta contradictorio con el sentido de inducción que se le otorga al periodo inicial de dos años para la entrada a la carrera. Con ese añadido, el periodo de inducción deja de tener sentido como etapa a prueba y se convierte en un simple periodo en el que los docentes estarán bajo la vigilancia de un tutor, proceso que de no ser debidamente reglamentado y monitoreado se puede convertir en una simple simulación, ya que la base, ya ha sido concedida.
El artículo 24 de la minuta también redujo la posibilidad de ser docente de educación básica a las personas con formación universitaria que no hayan pasado por las normales o la formación pedagógica, con lo cual se mantiene casi intocado el monopolio de las normales como espacio de reclutamiento. Un punto clave de la reforma era abrir el ámbito de reclutamiento a todos los que demostraran en los concursos de oposición los conocimientos y capacidades establecidos por las convocatorias. Las salvedades introducidas en el último párrafo del artículo resultan excesivas y cuando mucho deberían ser objeto de las convocatorias específicas a los concursos cuando ello resultare pertinente.
Por eso mismo tampoco estuvimos de acuerdo con la moratoria establecida en el vigésimo primer artículo transitorio. Mantener el monopolio de las normales en el reclutamiento de los nuevos docentes por dos años resulta un retroceso que en realidad aplaza la entrada en vigor pleno de la ley y prolonga el proteccionismo a las normales como si fueran pocos setenta años de exclusividad en los que, por lo demás, no han mostrado muchas de ellas la necesaria calidad en la formación de los maestros.
No hay reformas perfectas. Tampoco logra uno todo lo que quiere en el diseño de una legislación. El mundo de lo ideal casi no existe en la confección de las leyes, siempre hay que luchar por él, aunque con frecuencia uno deba posponerlo. A lo que nunca debemos renunciar, es hacer lo correcto. En la oposición o en el poder.
Senador por el PAN
Leído en http://www.enlagrilla.com/not_detalle.php?id_n=25777
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