martes, 14 de agosto de 2012

José Antonio Crespo - Invalidación y sobre gastos de campaña



Me parece que el argumento más fuerte de la Coalición de izquierda contra el resultado de la elección presidencial radica en el rebase de los topes de campaña del PRI. Desde luego, no es algo que aparezca por primera vez en una elección de este tipo, si bien habrá que ver la magnitud de ese sobregasto. De ello se quiere inferir una compra masiva de votos, lo cual no es automático ni evidente, pues gastos hay muchos que no tienen vínculo directo con la compra del voto. Por ejemplo; pagos a los representantes de casilla, espectaculares, costos de organización, compra de utilitarios (que todos los partidos regalan, sin ser infracción ni delito electoral) y el pago de transportes (incluyendo los de lujo). De modo que el sobregasto de campaña debe tomarse como una infracción en sí misma, separada jurídicamente de la compra del voto.




El PRD exige la invalidación del proceso a partir de ese posible exceso de gastos. Sin embargo, los partidos políticos habían decidido por consenso que eso no sería una causal específica para anular la elección presidencial, como sí ocurre en varias legislaciones estatales. Y por eso mismo determinaron que el informe final respectivo se presentaría una vez pasada la calificación del proceso emitida por el Trife. A partir de lo cual el IFE aclara que no puede soslayar los tiempos especificados por la ley para ello. Pero, según algunos expertos, bien podría dar la información sobre las cuentas disponibles sin esperar los informes de gastos de campaña. Por otra parte, la reforma de 2007 acotó la llamada “cláusula de nulidad abstracta”, jurisprudencia mediante la cual era posible invalidar una elección por criterios genéricos, siempre y cuando “se ponga en duda fundada la credibilidad o la legitimidad de los comicios… por no haberse ajustado a los lineamientos constitucionales…”.

Y es que en 2007 los partidos estipularon que una elección podría anularse “sólo por las causales que expresamente se establezcan en las leyes” (art. 99 constitucional). Sin embargo, el Trife revivió en 2008 (a través de un fallo relativo al municipio de Acapulco) la causal genérica para eventualmente invalidar una elección, aclarando que, más allá de lo que digan las leyes secundarias, pueden y deben tomarse en cuenta las afectaciones a los principios rectores de las elecciones en caso de ser graves y determinantes en el resultado.

El PRD se prende de esa disposición del Tribunal para exigir que se tome en cuenta el sobregasto de campaña del PRI (aún sin determinar) para invalidar la elección, pues señala que dicho exceso pudo haber afectado significativamente el principio de equidad. La argumentación es atendible en principio. Pero justo por la contradicción entre la ley y la sentencia del Tribunal de 2008, es que los tiempos para revisar cuentas y calificar la elección no coinciden. Pero, según expertos, basta determinar si existieron los recursos ilícitos y si fueron aplicados a la campaña. Aún así, debe el Tribunal determinar si, en virtud de la renovada cláusula genérica de invalidación, el sobregasto de campaña afectó gravemente la equidad electoral estipulada en la Constitución, y si este criterio puede ser considerado al calificar la elección. El Tribunal debe, ante todo, decidir si el sobregasto es criterio o no de invalidación, más allá de que pudiera haber afectado la equidad. En caso afirmativo, tendría que aclarar y decidir si fue o no determinante sobre el resultado. Pero he ahí el problema de las causales genéricas; la indefinición. ¿Cuánto dinero ilícito se traduce en cuántos votos mal habidos? Difícil precisarlo; se tiene que recurrir al “ojo de buen cubero”, que siempre estará bajo sospecha de parcialidad.

Por lo pronto, la coalición de izquierda reacciona como si la ley hubiera sido elaborada exclusivamente por el PRI, tal y como ocurrió hasta 1987. Pero desde 1994 el PRD participa en toda reforma electoral. Debió entonces exigir que el sobregasto de campaña fuera, por sí mismo, una causal específica de nulidad. Pero no lo hizo. López Obrador ha anticipado que si el Tribunal no cede a su pretensión (como probablemente no lo hará), entonces será señal de su parcialidad a favor de Peña Nieto (como ya se ha dicho del IFE). Y lo mandará al demonio, seguramente. Sin embargo, el PRD también contribuyó al nombramiento de consejeros y magistrados electorales (no en 2006, en el caso del IFE, pero sí ahora), y les brindó su voto de confianza. Hasta que perdió, claro.


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