El viernes pasado, días después de que lo hiciera el Senado de la República, la Cámara de Diputados aprobó finalmente, tanto en lo general como en lo particular, la Reforma Energética y remitió el dictamen correspondiente a los 32 congresos locales para que la mitad más uno de estos lo aprobaran.
Y dicha aprobación se logró ayer cuando la de Puebla convirtió en la decimosexta cámara de diputados local en dar su aval a la Reforma.
El viernes fueron siete congresos los que aprobaron el dictamen: Chiapas, Querétaro, Veracruz, Estado de México, Durango, Hidalgo y Baja California Sur.
El sábado fueron otros seis: Campeche, Sonora, Jalisco, Quintana Roo, Coahuila y Nayarit.
Y ayer lo hicieron Tamaulipas, Yucatán y Puebla, lográndose así el aval de los 16 congresos estatales que como mínimo señala el Artículo 135 de la Constitución para aprobar una reforma constitucional como es la Energética.
De nada valieron marchas, plantones y murallas humanas organizadas por el PRD, Morena y sus partidos satélites, la CNTE, el SME, los seudoanarquistas y demás grupos que se oponen a que México modernice su sector energético enarbolando para ello el anticuada y desacreditado argumento de la soberanía nacional. Quienes por todos los medios han luchado contra la aprobación de la Reforma Energética lo ha hecho ignorando lo que la Constitución señala al respecto. Aquí lo anoto para que lo recuerden:
Artículo 73, Inciso X: “El Congreso tiene facultad para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del articulo 123”.
Artículo 73, Inciso XXIX-F: “El Congreso tiene facultad para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional”.
Artículo 135: “La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que estas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el computo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”.
Los izquierdistas de todos los colores que han manifestado su rechazo a la Reforma Energética y otras que se han aprobado en lo que va del gobierno de Peña Nieto aseguran que son demócratas y respetuosos de la Constitución y de la leyes. No lo son porque han decidido ignorar lo que éstas señalan y ordenan.
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Leído en http://criteriohidalgo.com/notas.asp?id=209978
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