sábado, 25 de enero de 2014

Porfirio Muños Ledo - Xenofobia o globalización

El preso número 410 ejecutado en Texas hace cinco años se llamaba José Ernesto Medellín Rojas, un mexicano a quien se le impuso la pena de muerte a pesar que en el proceso no contó con la asistencia consular a la que tienen derecho todos los extranjeros a ser juzgados en cualquier país ajeno al suyo. Un lustro después la historia se repite con Edgar Tamayo cuya ejecución acaba de llevarse a cabo, suscitando una viva reacción de los organismos internacionales y de los defensores de derechos humanos.

Al igual que Medellín, Tamayo formaba parte de los 51 mexicanos a quienes la Corte Internacional de Justicia benefició con el fallo del 31 de marzo de 2004, el cual determinó una condena a Estados Unidos por la violación de los artículos 5 y 36 de la Convención de Viena de las relaciones consulares. El Caso Avena, como es conocido el fallo, probó que nuestros compatriotas no fueron informados de su derecho a la asistencia consular, y por tanto se obligó a las autoridades de ese país a revisar las penas pronunciadas.





A lo largo de 10 años las autoridades de Arkansas, Illinois y Oklahoma, entre otros han atendido la sentencia, conmutando en la mayoría de los casos la pena capital, por la cadena perpetua. Por su parte, Texas no es una Ínsula Barataria, ni un territorio exento del derecho de gentes. Es parte integrante de la Unión Americana. Diversos tratados de derechos humanos especifican que los estados nacionales son responsables de las violaciones que comenten las entidades que los componen y están obligados a proveer el acatamiento de los compromisos internacionales contraídos.

¿Qué ocurriría si un estado o provincia de la región, o varios de ellos transgredieran abiertamente el TLCAN? Para evitar semejante desorden —que disolvería en la práctica el instrumento— tendrían que intervenir, según las disposiciones, aplicables los gobiernos federales, o en su caso los poderes judiciales para restaurar el orden perdido.

Lamentablemente la intervención del gobierno estadounidense ha sido inútil ante los tribunales texanos, lo que deriva en una responsabilidad internacional para Estados Unidos cuyas autoridades han soslayado su deber de integrar mecanismos de implementación ha efecto de lograr el debido cumplimiento de los compromisos contraídos con la comunidad internacional, violando así el principio de pacta sunt servanda tanto como la convención de Viena sobre los tratados.

En el futuro inmediato un tema fundamental de las relaciones bilaterales deberá ser la estricta vigilancia para que el fallo del Caso Avena se cumpla a cabalidad. La ayuda consular es una formalidad procesal que al no ser observada lesiona los derechos fundamentales de los extranjeros detenidos, la mayor parte de los cuales ignoran la obligación que tiene los tribunales de los países en que delinquen de ofrecernos esa protección por parte de las autoridades de su país de origen.

Lo que ocurra en adelante con los mexicanos sentenciados en el exterior, en cuyos juicios no se haya observado las normas del debido proceso, dependerá en gran medida de la energía e imaginación con que actúen el gobierno y la sociedad mexicana. En las relaciones exteriores como en las internas se miden y ponderan las acciones de la contraparte. Son diversas las medidas que podríamos tomar tanto en el plano bilateral como en el multilateral concatenadas con una relación más estrecha con los mexicanos del exterior para poner un coto a la violación de compromisos internacionales por parte de las autoridades estadounidenses.

El trato hacia los migrantes, en particular los mexicanos va a contrapelo de los avances legislativos que se han logrado en la materia y de las relaciones políticas y económicas que se han establecido entre las dos naciones. Hace también que las autoridades locales asuman competencias que por definición son nacionales, promuevan la xenofobia mediante la persecución fundada en la identificación étnica y fomenta un “nativismo histérico” contrario al proceso de globalización. Debiera estipularse en la Constitución que la nación mexicana trasciende sus fronteras territoriales y por tanto tiene la rigurosa obligación de proteger a los mexicanos en el extranjero.

Comisionado para la reforma política del DF

Leído en http://www.enlagrilla.com/not_detalle.php?id_n=31773

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