jueves, 22 de mayo de 2014

José Woldenberg - Novedades y no tanto

Ha sido aprobada la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que substituye al antiguo Código con los mismos apellidos (COFIPE). Este solo regulaba las elecciones federales y la nueva abarca también a las locales (aunque debe completarse con diversos ajustes a las constituciones y leyes de los estados). Repasemos entonces, a vuelo de pájaro, las principales novedades y las que no lo son. (No están jerarquizadas).

1. Las elecciones ahora serán el primer domingo de junio.

2. Las fórmulas de integración de las Cámaras de Diputados y Senadores quedan igual, pero los partidos que no logren el 3 por ciento de la votación serán excluidos (antes era el 2).

3. No solo en la Cámara de Diputados sino también en los congresos locales, la primera fuerza no podrá tener más de un 8 por ciento de asientos en relación a su porcentaje de votos.







4. Los partidos podrán registrar hasta 60 candidatos plurinominales que al mismo tiempo sean uninominales. Para el Senado la cifra es de 6.

5. Las candidaturas de hombres y mujeres en las listas plurinominales deberán ir intercaladas.

6. La estructura del INE es prácticamente la misma que la del IFE. Los órganos centrales siguen siendo el Consejo General, la Presidencia del Consejo, la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva. Solo que ahora en el Consejo hay 10 consejeros y un presidente y antes 8 y 1. Y en las delegaciones lo mismo: Juntas locales y distritales y consejos locales y distritales con la misma composición que en el pasado. En la Junta General estarán presentes no solo el presidente, el secretario ejecutivo y los directores, sino también los titulares de tres unidades: fiscalización, contencioso electoral y vinculación con los organismos públicos locales (las últimas dos son nuevas).

7. La Ley ya dicta cómo se integrarán los órganos superiores de dirección de los organismos (electorales) públicos locales. Estarán compuestos por un consejero presidente y seis consejeros electorales, nombrados por el Consejo General del INE. Esa será la tarea política inmediata más relevante del nuevo Consejo que deberá hacerlo primero para 17 entidades, las que tienen comicios en el 2015.

8. El Consejo General del INE podrá remover a los consejeros de los organismos públicos locales bajo ciertas condiciones. Eso y el hecho de que el INE pueda asumir, atraer y delegar facultades, no solo erosiona la certeza (las facultades deberían estar clara y definitivamente establecidas) sino que abre una eventual zona de litigios innecesarios.

9. El procedimiento para integrar las mesas directivas de casilla seguirá siendo el mismo: insaculación más capacitación. Pero ahora en la primera abarcará al 13 por ciento del padrón (antes era el 10). En las elecciones concurrentes habrá mesa única, es decir, se votará tanto para los cargos federales como para los locales. La ventaja: se requerirán menos funcionarios de casilla. La desventaja: el conteo de las elecciones locales será más lento (primero, por ley, se hará el recuento federal).

10. Nuestro chovinismo sigue reproduciendo un prejuicio arraigado: incluso para ser integrante de las mesas directivas de casilla se requiere ser mexicano por nacimiento. ¿Por qué no los nacionalizados?

11. Los magistrados de los tribunales locales (que podrán ser 3 o 5) serán electos por el Senado.

12. Los mexicanos en el extranjero podrán obtener su credencial para votar fuera del territorio nacional. Y votarán no solo por el Presidente, sino también por senadores y gobernador. Podrán hacerlo por correo, vía electrónica y en consulados y embajadas. Para ello, se requerirá del auxilio de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Los partidos y candidatos no podrán, sin embargo, realizar campañas fuera del país.

13. El formato para las campañas en radio y televisión seguirá siendo el mismo. Mensajes brevísimos. No se hizo nada para combatir o siquiera atemperar la “spotización”. La distribución entre los partidos se hará con los mismos criterios que ayer (70 por ciento del tiempo repartido según el porcentaje de votos obtenido en la última elección y 30 por ciento de manera igualitaria). Los partidos de nuevo ingreso solo entran al reparto de ésta última franja al igual que los candidatos independientes (todos ellos, para fines de acceso a la radio y tv, serán tratados como si fueran un partido). Los concesionarios de televisión restringida también deberán trasmitir dichos anuncios.

Y como en las cansadas películas de episodios...Continuará.


Leído en http://criteriohidalgo.com/notas.asp?id=238296

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